El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto que establece las bases reguladoras y la convocatoria para 2020 de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de superficies agrarias afectadas por la sequía y otras situaciones excepcionales, que garanticen préstamos para financiar sus explotaciones.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establece estas ayudas, publicadas el miércoles, para paliar los efectos de las adversidades climáticas que afectaron al sector agrario el año pasado, entre los que destaca la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) y el déficit de precipitaciones que ocasionó situaciones de sequía en todo el territorio estatal.
Así, se pone a disposición de las superficies agrarias damnificadas líneas de financiación para fortalecer la viabilidad y normal funcionamiento de las explotaciones del sector en situaciones excepcionales.
La cuantía máxima a subvencionar, calculada para un capital avalado de 100.000.000 euros, será de 4.561.000 euros.
Podrán acogerse a estas ayudas titulares de explotaciones agrarias, sean personas físicas o jurídicas, que suscriban avales con SAECA en el marco de préstamos con entidades financieras avalados por dicha entidad, priorizando los afectados por la DANA y en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 11/2019 sobre medidas urgentes para mitigar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, que en el caso de Extremadura afecta toda la provincia de Cáceres.
Asimismo podrán acogerse el resto de explotaciones de la región que suscriban avales con SAECA para un préstamo al considerarse perjudicadas por la sequía, en función de las disponibilidades presupuestarias.
Las ayudas consistirán en la financiación del importe total de la comisión de gestión del aval y se financiará, además, la comisión de estudio del aval de SAECA cuando las explotaciones estén ubicadas en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 11/2019.
También se financiará la comisión de estudio cuando las explotaciones hayan suscrito una póliza en las líneas de seguros agrícolas o pecuarios en el marco del 40º o el 41º Plan de Seguros Agrarios Combinados y si la titularidad corresponde a joven agricultor o agricultora.
El Ministerio subvencionará el coste del aval para créditos de hasta 40.000 euros por titular de explotación o por componente de entidad asociativa, cuyo plazo de amortización no supere los cinco años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia.
El coste de los avales objeto de subvención será, para la comisión de estudio, el 0,50% del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo, y para la comisión de gestión, el 1,15% anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.
La presentación para solicitar estas ayudas se realizará mediante el documento de solicitud del aval ante SAECA, a través del registro electrónico del MAPA, en su web (https://sede.mapa.gob.es/), si bien las personas físicas no comprendidas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrán solicitar las ayudas por cualquiera de los medios previstos en al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El plazo máximo de presentación es de tres meses a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del mencionado Real Decreto.