La Junta de Extremadura, a través de los diferentes departamentos que forman parte de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, ha trasladado a las principales entidades y asociaciones que forman el tejido empresarial extremeño las medidas extraordinarias puestas en marcha por la Comisión Europea que resultan de interés para las empresas exportadoras.
En el contexto de la actual pandemia, y dadas las restricciones adoptadas en países de la Unión Europea y otros socios comerciales, que hacen imposible proporcionar a los exportadores los originales de los certificados de origen, la Comisión Europea ha adoptado medidas extraordinarias con los socios comerciales de la UE, con el objetivo de asegurar la correcta implementación de los regímenes comerciales preferenciales (acuerdos preferenciales y regímenes unilaterales) de la UE.
Las medidas extraordinarias propuestas serán de aplicación recíproca entre los Estados Miembros y los socios comerciales de la UE que estén interesados, haciendo uso de las disposiciones relevantes de los regímenes preferenciales de la UE.
Se aplicarán a los regímenes comerciales que establezcan como prueba de origen cualquier certificado en papel (Form-A, EUR.1 y/o EUR-MED), así como los certificados ATR en el contexto del comercio preferencial entre la UE y Turquía.
Concretamente, en materia de exportaciones se invita a las autoridades a fomentar entre los exportadores que hagan uso del estatus de “exportador autorizado”, que permite la auto-certificación.
En cuanto a las “copias de certificados”, se anima a las autoridades aduaneras de la UE y de los países socios comerciales de la UE a aceptar a la importación, durante el tiempo que dure esta crisis y hasta nuevo aviso, copias de certificados de origen preferenciales que hayan sido emitidos en papel o por medios electrónicos, si bien se mantiene la obligación de obtener las versiones originales.
En materia de importación, durante el tiempo que dure la crisis del COVID-19, se aceptarán por las aduanas de importación las copias de los certificados de origen preferencial que hubieran sido expedidos en papel o electrónicamente por las autoridades competentes del país de exportación (FORM A, EUR.1 y/o EUR-MED) y copias de los certificados ATR.
Asimismo se ha informado al tejido empresarial extremeño de la posibilidad de solicitar el aplazamiento de deudas derivadas de declaraciones aduaneras recogidas en el artículo 52 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 publicado en el BOE de 1 de abril.