Reguladas también las ayudas temporales excepcionales a explotaciones agrícolas del sector del arroz y el maíz por la sequía
El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto-ley que regula una subvención única a tanto alzado y excepcional, destinada a determinados sectores que se han visto especialmente afectados por las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, suponiendo una amenaza grave de perturbación del mercado, con precios al alza de los insumos, fertilizantes y piensos, y generando problemas de liquidez a los agricultores y pequeñas empresas rurales que se dedican a la transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas.
Ante este escenario, se ha aprobado un importe de 12.000.000 euros, cofinanciado en un 80 por ciento por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), mientras que la cantidad restante será aportada por la Junta de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El decreto contempla dos líneas de ayuda, una destinada a los agricultores pertenecientes al sector del arroz y otra para pequeñas y medianas empresas (pymes) agroalimentarias presentes en la cadena de valor del arroz.
En cuanto a la primera línea de ayudas, serán beneficiarios los titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de barbecho en 2022 en aquellas superficies del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) que fueron declaradas y validadas como cultivo de arroz en la campaña 2021 y que cumplan una serie de requisitos.
La cuantía de la subvención será la de un importe a tanto alzado de 500 euros por hectárea, con un máximo de 15.000 euros por titular de explotación, y se concederá de forma directa.
A la segunda línea de ayudas, destinadas a pymes agroalimentarias presentes en la cadena de valor del arroz, pueden optar las personas titulares de pequeñas y medianas empresas cuya actividad sea el secado y/o posterior procesado y/o comercialización de arroz, con origen en la región y cuyo volumen de negocio en dicho sector haya disminuido en más de un 50% respecto del año anterior.
Las pymes dedicadas al secado del arroz podrán recibir un importe de 75.000 euros cuando las toneladas de secado en la campaña 2020-2021 se estableciera en hasta 5.000 T. y de 100.000 euros si supera esta cifra. En el caso de que la actividad principal de la empresa sea el procesado posterior y comercialización del arroz, la ayuda será de 100.000 euros.
Decreto-ley que regula las ayudas temporales excepcionales a explotaciones agrícolas del sector del arroz y el maíz por la sequía
El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto-ley que regula una subvención, única a tanto alzado y excepcional, destinada a los titulares de las explotaciones agrícolas del sector del arroz y el maíz afectadas por la sequía meteorológica en determinadas comarcas agrarias de la región y por la situación del incremento de costes de cultivo derivadas de las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.
Al objeto de compensar las pérdidas económicas en este sector y paliar sus efectos, el Ejecutivo ha destinado un crédito extraordinario de 7.000.000 euros con cargo al presupuesto de la Consejería. Estas ayudas están acogidas al régimen de mínimis en el sector agrícola establecido por la Unión Europea.
Los beneficiarios de estas ayudas serán los titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de barbecho en 2022 en aquellas superficies del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) que fueron declaradas o validadas como cultivo de maíz en la campaña de 2021 en la zona regable oficial del Canal de Orellana. Estos agricultores recibirán una ayuda de 400 euros por hectárea.
En cuanto a las explotaciones de esta zona de Orellana, validadas con cultivos diferentes a barbecho, arroz, tomate, maíz y cultivos permanentes en 2022 y validadas como cultivos de maíz en la campaña 2021, percibirán una cuantía de 300 euros por hectárea.
Además podrán optar a estas subvenciones los titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de otro cultivo diferente a barbecho, arroz, tomate, maíz o cultivos permanentes en 2022 en aquellas superficies SIGPAC que fueron declaradas y validadas como cultivo de arroz en la campaña 2021 comprendidos en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este caso, el importe subvencionable será de 300 euros por hectárea.
En el caso de las explotaciones de estas características superiores a 30 hectáreas de superficie, la ayuda será de 500 euros por hectárea elegible.
El importe total de la ayuda de mínimis que se conceda a cualquier beneficiario no podrá exceder de 25.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, según establece el reglamento de la UE. La subvención se concederá de forma directa.